El bono social de la luz para pensionistas y los ingresos que se miran
Un descuento del 42,5 % o del 57,5 % en la factura durante 2026, para hogares con pensión mínima o con ingresos bajos. Qué se comprueba, dónde se pide y qué fecha conviene tener presente.
El bono social eléctrico no es una ayuda que se ingresa en la cuenta: es un descuento en la factura de la luz para hogares que la normativa considera vulnerables. Muchos pensionistas cumplen los requisitos y no lo tienen, a menudo porque nunca cambiaron de contrato o porque creen que se aplica solo.
No se aplica solo. Hay que pedirlo, y antes hay que cumplir dos cosas: tener el tipo de contrato adecuado y no superar unos límites de ingresos que se calculan con un indicador poco conocido, el IPREM. Este artículo los explica con las cifras vigentes en 2026.
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Cuánto descuenta en 2026
El Real Decreto-ley 7/2026 fijó para todo 2026 un descuento del 42,5 % para los consumidores vulnerables y del 57,5 % para los vulnerables severos. Ese descuento se aplica hasta el 31 de diciembre de 2026. El porcentaje permanente que establece el reglamento del bono social es del 35 % y del 50 %, respectivamente; si no hay una nueva prórroga, sería el que volvería a aplicarse.
El descuento no es ilimitado: se aplica sobre el consumo hasta un tope anual de kilovatios hora que depende del tamaño del hogar. Lo que se consume por encima se paga a precio normal.
El primer requisito: el contrato
El bono social solo se aplica a contratos del precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) con una de las comercializadoras de referencia. Son las únicas que pueden aplicarlo. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia publica su lista oficial con sus teléfonos.
Quien tiene un contrato en el mercado libre debe pasar primero a una comercializadora de referencia, con la tarifa regulada, para poder pedir el bono. El cambio de comercializadora no supone cortes de suministro.
La vía de los pensionistas
La normativa reconoce como vulnerable, entre otros supuestos, al hogar en el que todos los miembros que tienen ingresos son pensionistas de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente que cobran la cuantía mínima vigente de esas pensiones, siempre que no perciban otros ingresos que superen 500 euros al año.
Las pensiones mínimas subieron en 2026 más de un 7 %, como se explica en nuestro artículo sobre la subida de las pensiones, pero esa subida no hace perder esta condición: lo que se mira es que se cobre la mínima, no una cifra concreta. Si esos hogares tienen ingresos anuales no superiores a una vez el IPREM de catorce pagas, 8.400 euros, se consideran vulnerables severos.
La vía de los ingresos
Quien no cobra la pensión mínima puede acceder por renta. El límite se calcula con el IPREM, que en 2026 sigue en 600 euros al mes, 8.400 euros en catorce pagas, porque los presupuestos están prorrogados.
| Hogar | Ingresos máximos al año | Consumo con descuento |
|---|---|---|
| Una persona | 12.600 € | 1.587 kWh |
| Dos adultos | 15.120 € | 1.587 kWh |
| Una persona con discapacidad igual o superior al 33 % u otra circunstancia especial | 21.000 € | 1.587 kWh |
| Pensionistas con la pensión mínima | Sin límite de renta propio; otros ingresos hasta 500 € | 2.222 kWh |
Las familias numerosas tienen derecho por esa sola condición, y también los hogares que perciben el ingreso mínimo vital.
Cómo se pide, y a quién no hay que darle datos
La solicitud se presenta ante la comercializadora de referencia, por su teléfono, su web o sus oficinas. Hay que aportar el formulario, la documentación de identidad de los miembros del hogar y, según el caso, el certificado de empadronamiento, el libro de familia o la acreditación de la pensión. Para comprobar la renta, la comercializadora consulta los datos a través de la administración con el consentimiento de los interesados.
Esos documentos se entregan solo a la comercializadora de referencia, por sus canales oficiales. No hace falta ningún intermediario, y ningún tercero que llame ofreciendo «tramitar el bono» necesita su DNI ni su IBAN.
Cuánto dura y el bono térmico
El bono se concede por dos años. La renovación es automática si todos los miembros del hogar dieron su consentimiento para que se consulten sus datos; en otro caso, hay que pedirla de nuevo. Las familias numerosas lo mantienen mientras dure su título.
Quien tiene el bono social eléctrico a 31 de diciembre recibe además, al año siguiente, el bono social térmico, una ayuda para calefacción que pagan las comunidades autónomas sin necesidad de pedirla. Su cuantía depende de la zona climática y del grado de vulnerabilidad, con un mínimo de 50 euros desde el Real Decreto-ley 7/2026.
Qué conviene comprobar
- Si el contrato de la luz es PVPC con una comercializadora de referencia.
- Si todos los que tienen ingresos en casa cobran la pensión mínima, o si los ingresos del hogar están por debajo del límite.
- Cuándo vence el bono, si ya se tiene, y si la renovación será automática.
- La fecha del 31 de diciembre de 2026, en la que terminan los descuentos reforzados salvo prórroga.
Los hogares con un mayor dependiente pueden tener además otras ayudas, que explicamos en el artículo sobre el grado de dependencia.
En resumen
El bono social de la luz llega a muchos pensionistas por una vía sencilla, la de la pensión mínima, pero exige un contrato concreto y una solicitud. Con un descuento del 42,5 % durante 2026, revisar si se cumplen los requisitos es una gestión que suele compensar.
Fuentes oficiales
- BOE — Real Decreto 897/2017 — consumidor vulnerable, bono social y límites de consumo
- BOE — Real Decreto-ley 7/2026 — descuentos del 42,5 % y 57,5 % hasta el 31 de diciembre de 2026
- CNMC — Listado de comercializadoras de referencia — las únicas que aplican el bono social
- MITECO — Preguntas frecuentes sobre el bono social — umbrales de renta por tipo de hogar
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