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Shianchi
Las fechas de su pensión, explicadas
Hoy · sábado, 24 de octubre de 2026 Abono de la pensión de octubre: 2 nov. 2026 · 9 días

El complemento por brecha de género que muchas pensionistas cobran sin saber qué es

Una línea de la nómina que suma 36,90 euros al mes por cada hijo en 2026, con un máximo de cuatro. Quién puede tenerlo, por qué ya no es solo cosa de madres y cómo se reconoce.

Una mujer de unos setenta años en la mesa del comedor, con la mano sobre una carpeta cerrada y fotografías familiares al fondo.
Fotografía ilustrativa. Las personas que aparecen no son pensionistas identificados.

Basta con mirar el detalle de la nómina de la pensión para encontrarlo: una línea propia, separada del importe principal, que en muchos casos nadie ha explicado a quien la cobra. Es el complemento para la reducción de la brecha de género, una cantidad fija por cada hijo que la Seguridad Social añade a determinadas pensiones desde 2021.

Su nombre lleva a pensar que es algo exclusivo de las mujeres, y durante años lo fue en la práctica. Hoy ya no es así. Este artículo explica qué es, cuánto suma en 2026, quién puede tenerlo y por qué, en una pareja con hijos, solo uno de los dos lo cobra.

Fechas de este artículo
04.02.2021ya pasó Pensiones causadas desde esta fecha: pueden llevar el complemento actual
15.05.2025ya pasó Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE: dejan de exigirse a los hombres los requisitos adicionales
01.12.2026dentro de 38 días La paga extraordinaria de noviembre incluye también el complemento
01.01.2027dentro de 69 días Fecha de efectos de la próxima actualización de la cuantía por hijo

Cuadrado relleno: la próxima fecha. Los días se recalculan cada día a partir de la fecha de hoy.

Una cantidad fija por hijo, no un porcentaje

El complemento está regulado en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social. Lo introdujo el Real Decreto-ley 3/2021 y se aplica a las pensiones contributivas causadas desde el 4 de febrero de 2021. Su finalidad, según la propia norma, es compensar el perjuicio que la llegada de los hijos ha tenido en la carrera de cotización de muchas personas, sobre todo de las mujeres, y que se traduce en pensiones más bajas.

Sustituyó al antiguo complemento por maternidad, que funcionaba de otra manera: era un porcentaje sobre la pensión y solo se reconocía a madres con dos hijos o más. El actual es una cantidad fija por cada hijo, la misma para una pensión alta que para una baja, y se cobra ya desde el primer hijo.

Cuánto suma en 2026

La Seguridad Social fija el importe cada año. En 2026 es de 36,90 euros al mes por cada hijo, con un límite de cuatro veces esa cantidad. En 2025 era de 35,90 euros. Se paga en catorce pagas, es decir, también en las pagas extraordinarias de junio y noviembre.

Número de hijosAl mesAl año (14 pagas)
1 hijo36,90 €516,60 €
2 hijos73,80 €1.033,20 €
3 hijos110,70 €1.549,80 €
4 hijos o más (límite)147,60 €2.066,40 €
Cálculo propio a partir del importe por hijo publicado por la Seguridad Social para 2026. Son cifras brutas e ilustrativas: lo que corresponde en cada caso depende de que se cumplan los requisitos.

Qué pensiones lo llevan

El complemento se suma a tres tipos de pensión contributiva: jubilación, incapacidad permanente y viudedad. Quedan fuera la jubilación parcial y las pensiones no contributivas. Quien se jubiló de forma anticipada también puede tenerlo, siempre que la jubilación no sea parcial.

La fecha importa. Una pensión que empezó antes del 4 de febrero de 2021 no lleva este complemento; si se reconoció entre 2016 y esa fecha, puede llevar el antiguo complemento por maternidad, que se mantiene. Los dos no se acumulan por los mismos hijos.

En el caso de la viudedad, el complemento se calcula por los hijos de la persona que cobra la pensión, no por los del fallecido. Si interesa cómo se fija el resto de esa pensión, lo explicamos en el artículo sobre el porcentaje de la viudedad.

Por qué ya no es solo cosa de madres

La ley siempre permitió que lo cobrara un hombre, pero le exigía requisitos adicionales que a las mujeres no: tener una pensión de viudedad por un hijo con derecho a orfandad, o acreditar que su carrera de cotización se había resentido tras el nacimiento o la adopción, con lagunas de más de 120 días o con bases de cotización más bajas en los meses siguientes.

Eso cambió con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 15 de mayo de 2025. La Seguridad Social informa en su página de que, desde entonces, dejan de ser exigibles a los hombres los requisitos adicionales, y que en las pensiones causadas antes de esa fecha los efectos se retrotraen a la fecha de inicio de la pensión.

Solo uno de los dos progenitores

Por cada hijo, el complemento lo cobra un único progenitor. Cuando los dos tienen derecho, la regla es clara: se reconoce a quien tenga la suma de pensiones públicas más baja. Si después cambia la situación, por ejemplo porque el otro progenitor empieza a cobrar una pensión menor, el complemento puede pasar de uno a otro.

Esto explica una situación que desconcierta a muchas parejas: los dos se jubilan, los dos tienen los mismos hijos, y solo en la nómina de uno aparece la línea del complemento. No es un error; es el diseño de la norma.

Un caso para verlo con cifras

Pongamos, como ejemplo ilustrativo, a Carmen, jubilada en 2024 con tres hijos y una pensión contributiva de 980 euros brutos al mes, y a su marido, con una pensión de 1.450 euros. Como la de ella es la más baja, el complemento le corresponde a ella: 110,70 euros al mes en 2026 por los tres hijos, que se suman a su pensión en las catorce pagas.

Si él cobrara menos, el complemento iría a su nómina. Las cifras no corresponden a ninguna persona real ni incluyen retenciones.

Tres reglas que conviene conocer

  • No cuenta para el tope. El complemento no se tiene en cuenta para el límite máximo de las pensiones, de modo que se cobra aunque la pensión esté en la cuantía máxima. Explicamos ese límite en el artículo sobre el tope de varias pensiones.
  • No resta en los mínimos. No se computa como ingreso para decidir si corresponde un complemento a mínimos, y se suma por encima de la pensión mínima.
  • Hay que pedirlo. La norma dice que se reconoce al progenitor que lo solicite. Se marca en la solicitud de la pensión; quien no lo hizo puede pedirlo después por los canales de la Seguridad Social.

Cómo aparece en la nómina

En el detalle de la nómina de la pensión, el complemento figura como un concepto separado del importe de la pensión. Por eso es fácil pasarlo por alto si solo se mira el total ingresado. Cada enero se actualiza su cuantía con la revalorización, igual que el resto de la pensión; en nuestro artículo sobre la subida de 2026 se explica por qué ese porcentaje no es el mismo para todas las pensiones.

Si al revisar la nómina no aparece el complemento y cree que le corresponde, la vía es consultar el expediente en Tu Seguridad Social o pedir cita en una oficina del INSS. No hace falta, ni conviene, recurrir a intermediarios que se ofrezcan a tramitarlo.

A quién le interesa revisar esto

  • Mujeres y hombres con hijos cuya pensión de jubilación, incapacidad o viudedad empezó después del 4 de febrero de 2021.
  • Padres cuya solicitud se denegó antes de mayo de 2025 por no cumplir los requisitos adicionales.
  • Parejas en las que los dos son pensionistas, para comprobar que lo cobra el que tiene la pensión más baja.
  • Quienes no marcaron la casilla al pedir la pensión.

En resumen

El complemento por brecha de género es pequeño en cada nómina, 36,90 euros por hijo en 2026, pero se cobra todos los meses y en las pagas extraordinarias, sin límite de tiempo. Saber si está en la nómina, y en la de quién, es una comprobación de cinco minutos que merece la pena hacer una vez.

Fuentes oficiales

Esta es información privada y patrocinada, publicada por Prudentials OÜ en shianchi.com. No es la Seguridad Social, el INSS, la Agencia Tributaria ni ningún organismo público, y no tiene relación con ellos. Nada de lo que se dice aquí es asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico, y ninguna cifra de este artículo es una promesa ni un derecho para ningún lector: los importes y las fechas se comprobaron con las fuentes oficiales citadas el y pueden cambiar. En este sitio no se tramita ninguna solicitud ni se cobra ninguna comisión. No facilite nunca su DNI, sus claves de Cl@ve o su certificado digital ni su IBAN a una página web en respuesta a un artículo. Para su caso concreto, consulte Tu Seguridad Social en seg-social.es, llame al 91 542 11 76 o al 901 16 65 65, o pida cita previa en una oficina del INSS.

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